Desde el 23 de diciembre de 2014 entra en vigor la aplicación de la LEY 8/2014, de 30 de noviembre, por la que se modifica la Ley 2/2010, de 13 de mayo, de Comercio de Castilla-La Mancha, publicada en el D.O.C.M. 03-12-14.
Destacar que la aplicación de esta Ley DEROGA al Decreto 2414/1961, de 30 de noviembre del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, de modo que ya NO RESULTA VIGENTE en Castilla-La Mancha, al quedar regulado por lo que en esta Ley se define.
Esta Ley introduce cambios significativos en el COMERCIO y las ACTIVIDADES, de modo que los nuevos proyectos o solicitudes de nuevas ACTIVIDADES y APERTURA DE NEGOCIOS tienen que cumplir lo exigido en esta Ley.
Sigue la Página de Facebook /ingenieriaredondo
maricarmen@ingenieriaredondo.es
Móvil: 626 241 710
One Comment